Saltar al contenido

ClicAndWords Formación

Portada » Novedades para autónomos y pymes de octubre de 2026

Novedades para autónomos y pymes de octubre de 2026

Blog de ClicAndWords Formación: Finanzas y autónomos

En octubre empezó a correr el calendario de la factura electrónica obligatoria entre empresas, y Hacienda anunció que prevé retrasar Verifactu, aunque el cambio todavía no está en el BOE. Además, desde el 5 de octubre las empresas con trabajadores tienen que dar más información por escrito, y la Diputación Permanente del Congreso convalidó el decreto de medidas por la crisis en Oriente Medio. Al final tienes los plazos de noviembre de la Agencia Tributaria.

Empiezan a contar los plazos de la factura electrónica entre empresas

Oficial, publicado en el BOE el 05-10-2026 y en vigor desde el 06-10-2026. Afecta a empresarios y profesionales, con fechas distintas según su volumen de operaciones y su forma jurídica. Fuente oficial

La «Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre», que regula la solución pública de facturación electrónica, entró en vigor el 6 de octubre. Según la Agencia Tributaria, desde esa fecha cuentan los plazos de la factura electrónica obligatoria que fija el «Real Decreto 238/2026».

Las fechas dependen del volumen de operaciones a efectos del IVA del año natural inmediato anterior.

  • 6 de octubre de 2027. Quienes superan los 8 millones de euros tienen que emitir y recibir factura electrónica y comunicar el estado de las facturas y de los pagos.
  • 6 de octubre de 2028. El resto de empresarios y profesionales tiene que emitir y recibir factura electrónica, y el resto de personas jurídicas y entidades tiene que comunicar el estado de las facturas y de los pagos.
  • 6 de octubre de 2029. Los empresarios y profesionales que son personas físicas, como los autónomos, y las entidades en atribución de rentas tienen que comunicar el estado de las facturas y de los pagos.

Lo que haría yo, si no superas los 8 millones, es tener presente que la Agencia Tributaria sitúa en octubre de 2028 tu plazo para emitir y recibir factura electrónica. Aun así, preguntaría ya a tu proveedor del programa de facturación cuándo estará preparado, y confirmaría con la gestoría cómo te afecta, sobre todo si estás cerca de los 8 millones.

Hacienda prevé retrasar Verifactu hasta octubre de 2028

Oficial, anunciado el 05-10-2026, todavía sin aprobar ni publicar en el BOE. Afecta a quien usa programas de facturación, salvo a quien está en el SII o reside en el País Vasco o Navarra. Fuente oficial

El Ministerio de Hacienda publicó una nota en la que prevé aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes del «Real Decreto 1007/2023», el reglamento de los sistemas informáticos de facturación. Así coincidirían con la factura electrónica obligatoria de quienes facturan hasta 8 millones de euros al año. Mientras no se apruebe, siguen los plazos vigentes, como recoge la página de la Agencia Tributaria. Quienes presentan el Impuesto sobre Sociedades tienen que tener el programa adaptado antes del 1 de enero de 2027, y el resto, antes del 1 de julio de 2027.

Lo que haría yo es trabajar con las fechas vigentes hasta que el cambio salga en el BOE. Si tu programa ya está adaptado, no lo tocaría. Si no lo está, seguiría con la adaptación, porque el aplazamiento aún no es norma.

Cambia la información por escrito que hay que dar a los trabajadores

Oficial, publicado en el BOE el 15-09-2026 y en vigor desde el 05-10-2026. Afecta a empresas y autónomos con trabajadores en relaciones laborales de más de cuatro semanas. Fuente oficial

El «Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre», que sustituye al «Real Decreto 1659/1998», obliga a la empresa a informar por escrito a cada trabajador de los elementos esenciales del contrato y de las principales condiciones de trabajo, en papel o en formato electrónico. Entre ellos están el salario y, si tiene partes variables, cómo se calculan, la jornada y las vacaciones, el periodo de prueba, el derecho a formación, el procedimiento de extinción y la existencia de sistemas algorítmicos o automatizados de toma de decisiones. La obligación se da por cumplida si esa información ya figura en el contrato de trabajo por escrito que tiene el trabajador. Si el contrato solo recoge una parte, la empresa tiene que dar el resto por escrito.

A quien se incorpora hay que darle la información antes de empezar. Quien ya trabajaba en la empresa puede pedirla, y la empresa tiene treinta días hábiles desde que recibe la solicitud para entregarla, salvo que el trabajador ya la tuviera.

Lo que haría yo es pedir a la gestoría que revise si los contratos que usas ya recogen todos esos puntos y, si falta alguno, que prepare un documento aparte. Si usas una herramienta que reparte turnos o tareas de forma automática, prepararía también la explicación de cómo funciona. Si los contratos ya lo recogen todo, no hay que hacer nada más.

Se convalida el decreto de medidas por la crisis en Oriente Medio

Oficial, publicado en el BOE el 30-09-2026, en vigor desde el 01-10-2026 y convalidado el 16-10-2026. Afecta a quien compra gasóleo de uso general o gasolina sin plomo y a los transportistas por carretera. Fuente oficial

El «Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre» adopta y prorroga medidas del plan de respuesta a la crisis en Oriente Medio. La Diputación Permanente del Congreso lo convalidó el 16 de octubre, y el acuerdo salió en el BOE el día 20. La Agencia Tributaria confirmó el 20 de octubre que en noviembre se aplica una rebaja de 20 céntimos en el tipo del Impuesto sobre Hidrocarburos para el gasóleo de uso general y las gasolinas sin plomo. La de diciembre depende, según el decreto, de la evolución del IPC, y la Agencia Tributaria todavía no la ha publicado. Además, la ayuda directa para los transportistas que no pueden recibir la devolución del gasóleo profesional se pide entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2026 en la sede electrónica de la Agencia Tributaria competente, según su nota informativa.

Lo que haría yo, si tienes vehículos de transporte que no están en el censo del gasóleo profesional, es revisar ya con la gestoría o con tu asociación si cumples los requisitos y pedirla antes del 31 de diciembre. El importe depende del número y del tipo de vehículos. Si no tienes ninguna de las autorizaciones o vehículos que enumera esa nota, esta ayuda no es para ti.

Plazos de noviembre

Estos son los plazos del «Calendario del contribuyente» de la Agencia Tributaria para noviembre de 2026 que terminan después del día 6 y que más suelen afectar a autónomos y pymes. En noviembre no vence ninguna declaración trimestral del IVA ni del IRPF, como el 303 trimestral o el 130. El 303 que vence este mes es el de octubre, que solo presentan quienes declaran el IVA cada mes, como las grandes empresas, con un volumen de negocios de más de 6.010.121 euros el año anterior, o quienes están inscritos en el registro de devolución mensual.

  • Hasta el 20 de noviembre. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias de octubre, modelo 349, para quien la presenta cada mes. Solicitud de devolución del IVA, modelo 308, para quien está en el régimen simplificado del IVA, hace transporte de viajeros o de mercancías por carretera y ha comprado determinados medios de transporte.
  • Hasta el 30 de noviembre. Autoliquidación del IVA de octubre, modelo 303, para quien declara el IVA cada mes. Solicitud de inscripción o de baja en el registro de devolución mensual del IVA, modelo 036, para quien quiera entrar en ese registro o salir de él. Declaración informativa de operaciones vinculadas de 2025, modelo 232, para las entidades cuyo periodo impositivo coincide con el año natural y que tengan que presentarla.

Si no sabes qué modelos te tocan, consúltalo con tu gestoría. Y si quieres aprender a llevar mejor la parte digital de tu negocio, tienes los cursos de ClicAndWords Formación.

Fuentes consultadas el 04/11/2026. «Orden HAC/1028/2026» en el BOE, calendario de implantación de la factura electrónica de la Agencia Tributaria, nota del Ministerio de Hacienda sobre Verifactu, plazos vigentes de Verifactu en la Agencia Tributaria, «Real Decreto 723/2026» en el BOE, convalidación del «Real Decreto-ley 25/2026» en el BOE, «Real Decreto-ley 25/2026» en el BOE, nota de la Agencia Tributaria sobre la ayuda directa al transporte, novedades de impuestos especiales de la Agencia Tributaria y el «Calendario del contribuyente» de noviembre de 2026.

Artículo elaborado con ayuda de inteligencia artificial y revisado antes de publicarse. Toni Lleida es el responsable editorial de este blog.